Contrato Empleada del Hogar: Modelo, Cláusulas y Derechos 2026
La relación laboral del servicio del hogar familiar se rige por el Real Decreto 1620/2011, modificado por el Real Decreto-ley 16/2022. Conocer las cláusulas obligatorias y los derechos asociados evita sorpresas y demandas.
Tipos de contrato permitidos
Desde 2022, el contrato temporal sin causa justificada ya no es válido en el servicio doméstico, como en el resto de sectores. Los tipos vigentes son:
- Indefinido a tiempo completo: modalidad por defecto.
- Indefinido a tiempo parcial: menos de 40 horas semanales.
- Contrato fijo-discontinuo: para trabajos estacionales recurrentes (por ejemplo, segunda residencia en verano).
- Contrato temporal por causa justificada: sustitución de otra empleada, circunstancias de la producción o formación. Debe motivarse por escrito.
Cláusulas obligatorias del contrato
| Cláusula | Contenido mínimo |
|---|---|
| Identificación | Nombre, DNI/NIE y domicilio de empleador y empleada. |
| Objeto | Descripción de tareas a realizar. |
| Jornada | Horas semanales, distribución y horario. |
| Retribución | Salario bruto, pagas extras y salario en especie si lo hubiera. |
| Vacaciones | 30 días naturales anuales; se indicará fecha orientativa. |
| Periodo de prueba | Máximo 2 meses; 7 días de preaviso tras 12 días trabajados. |
| Duración | Indefinida o determinada con causa. |
Derechos reconocidos a la trabajadora
Jornada y descanso
Jornada máxima: 40 horas semanales de trabajo efectivo. Las internas tienen presencia en domicilio que no computa como trabajo si están en descanso. Descanso entre jornadas: 12 horas para externas, 10 para internas. Descanso semanal: 36 horas consecutivas (día y medio), preferentemente sábado tarde y domingo.
Salario
Nunca inferior al SMI (Salario Mínimo Interprofesional). En 2026 el SMI es de 1.184 €/mes en 14 pagas (1.381 € en 12 pagas). Las dos pagas extras pueden prorratearse si las partes lo acuerdan. El salario en especie (manutención, alojamiento) no puede superar el 30 % del salario total.

Vacaciones y permisos
30 días naturales de vacaciones anuales, 15 de ellos continuados a elección de la trabajadora. Permisos retribuidos: 15 días por matrimonio, 2 días por nacimiento/hospitalización de familiar, 1 día por mudanza, 1 día por deber público (por ejemplo, votar en domingo laborable).
Prestaciones por desempleo
Desde octubre de 2022, las empleadas del hogar cotizan por desempleo y FOGASA. Si son despedidas o dimiten con causa justificada, pueden cobrar paro como cualquier trabajadora general, cumpliendo los 360 días mínimos cotizados en los últimos 6 años.
Baja por enfermedad o accidente
Baja por incapacidad temporal desde el cuarto día (común) o desde el primer día (accidente laboral). La empleadora paga del día 4 al 8 en las bajas comunes; desde el 9 lo abona la Seguridad Social.
Causas de extinción del contrato
Por desistimiento del empleador
Modalidad exclusiva del servicio doméstico. El empleador puede rescindir el contrato por simple pérdida de confianza, comunicándolo por escrito con 20 días de antelación (7 días si la antigüedad es menor a 1 año) y pagando 12 días de salario por año trabajado, con tope de 6 mensualidades.
Por despido disciplinario
Por incumplimiento grave y culpable: faltas de asistencia, ofensas, embriaguez habitual, etc. Si el juez lo declara improcedente, la indemnización es de 20 días por año con tope de 12 mensualidades.
Por dimisión de la trabajadora
Preaviso de 7 días; no hay indemnización salvo que el motivo sea incumplimiento grave del empleador (por ejemplo, impago).
Modelo de contrato descargable
El SEPE publica modelos oficiales en su web. También puede descargar la plantilla del Sistema Especial para Empleados de Hogar de la Seguridad Social. Revise siempre la versión más reciente, ya que las cláusulas sobre cotización han cambiado varias veces desde 2022.